TEMAS DE EPT 2019
ESTADOS FINANCIEROS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Las obligaciones tributarias son aquellas que surgen como consecuencia de la necesidad de pagar tributos para el sostenimiento de los gastos del estado. El incumplimiento de las obligaciones tributarias conlleva la correspondiente sanción tributaria.
Como consecuencia de la obligatoriedad del pago de los tributos surgen obligaciones entre los contribuyentes y la Administración. Esto quiere decir que hay una relación entre el obligado tributario y la Administración, y por lo tanto, el estado es competente para reclamar el pago de tributos. El objetivo del pago de los tributos, es que el contribuyente, de acuerdo con su capacidad económica, sufrague los gastos necesarios para el mantenimiento de las estructuras e instituciones del estado.
Las obligaciones tributarias pueden clasificarse en materiales y formales.
Elementos de las obligaciones tributarias
Sujeto activo: Es quien reclama el pago de los tributos (la Administración).
Sujeto pasivo: Son aquellos que están obligados al pago del tributo.
Contribuyente: Todos aquellos que cumplen con el pago de la obligación tributaria.
Hecho imponible: Circunstancias que generan la obligación de pagar un tributo.
Base imponible: Cuantía sobre la que se calcula el impuesto.
Tipo de gravamen: Porcentaje que se le aplica a la base imponible para calcular la cuota tributaria.
Cuota tributaria: Cantidad que debe abonar el sujeto pasivo para el pago de un tributo.
Obligaciones tributarias materiales
Obligación tributaria principal: Consiste en el pago de la cuota tributaria. Si se produce el hecho imponible, deberá pagarse el tributo, a menos que se dé uno de los supuestos de exención recogidos en la legislación.
Obligación de realizar pagos a cuenta: Supone abonar pagos a la Administración Tributaria. Se adelantan importes de la cuota tributaria antes de que tenga lugar el hecho imponible.
Obligaciones entre particulares resultantes del tributo: Surgen como consecuencia de una prestación tributaria entre obligados tributarios.
Obligaciones tributarias accesorias: Son obligaciones de hacer o no hacer.
Como consecuencia de la obligatoriedad del pago de los tributos surgen obligaciones entre los contribuyentes y la Administración. Esto quiere decir que hay una relación entre el obligado tributario y la Administración, y por lo tanto, el estado es competente para reclamar el pago de tributos. El objetivo del pago de los tributos, es que el contribuyente, de acuerdo con su capacidad económica, sufrague los gastos necesarios para el mantenimiento de las estructuras e instituciones del estado.
Las obligaciones tributarias pueden clasificarse en materiales y formales.
Elementos de las obligaciones tributarias
Sujeto activo: Es quien reclama el pago de los tributos (la Administración).
Sujeto pasivo: Son aquellos que están obligados al pago del tributo.
Contribuyente: Todos aquellos que cumplen con el pago de la obligación tributaria.
Hecho imponible: Circunstancias que generan la obligación de pagar un tributo.
Base imponible: Cuantía sobre la que se calcula el impuesto.
Tipo de gravamen: Porcentaje que se le aplica a la base imponible para calcular la cuota tributaria.
Cuota tributaria: Cantidad que debe abonar el sujeto pasivo para el pago de un tributo.
Obligaciones tributarias materiales
Obligación tributaria principal: Consiste en el pago de la cuota tributaria. Si se produce el hecho imponible, deberá pagarse el tributo, a menos que se dé uno de los supuestos de exención recogidos en la legislación.
Obligación de realizar pagos a cuenta: Supone abonar pagos a la Administración Tributaria. Se adelantan importes de la cuota tributaria antes de que tenga lugar el hecho imponible.
Obligaciones entre particulares resultantes del tributo: Surgen como consecuencia de una prestación tributaria entre obligados tributarios.
Obligaciones tributarias accesorias: Son obligaciones de hacer o no hacer.
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