DERECHOS LABORALES
DERECHO LABORAL
¿QUE ES EL DERECHO LABORAL?
Es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación.
¿CUÁNTAS HORAS DEBE TRABAJAR UN EMPLEADO?
Lo que se deben trabajar son 48 horas a la semana, con un límite de 8 horas diarias. Eso es lo que importa. En la semana se deben trabajar sólo 6 días de 8 horas, y como el mes de 30 días tiene aproximadamente 4,285 semanas, las horas que se deben trabajar mensualmente son aproximadamente 205 horas.
¿QUE LEYES PROTEGEN AL TRABAJADOR EN EL PERÚ?
PRINCIPALES DERECHOS DEL TRABAJOR:
- El contrato de trabajo indeterminado y con estabilidad si las labores en la empresa son de carácter permanente y si son ocasionales se justifican los contratos temporales. Este derecho está muy ligado a que los trabajadores cuenten con un contrato y que su despido se realice por una causa comprobada y prevista en la ley.
- La jornada laboral que no puede ser mayor a 8 horas diarias y 48 horas a la semana.
- El descanso remunerado en la semana, así como las vacaciones.
- La seguridad y salud en el trabajo.
- Seguro de trabajo.
- Derecho a la libre asociación y negociación a través de un sindicato.
¿QUE ES EL SISTEMA CAS?
El Contrato Administrativo de Servicios (CAS), o más conocido como el CAS, es la modalidad contractual que dispone la Administración Pública, privativa del Estado, y que permite vincular a una entidad pública con una persona natural que preste servicios de manera no autónoma.
El CAS se rige por normas del derecho público y le aporta a las partes los beneficios y las obligaciones que establece el Decreto Legislativo Nº 1057 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM.
Es un contrato laboral especial se aplica solo en el sector público y es celebrado entre una persona natural y el Estado. No está bajo el régimen de la carrera pública (D. Leg. N.° 276) ni bajo el régimen de la actividad privada (D. Leg. N.° 728). Se rige por el Decreto Legislativo N.° 1057, su reglamento y la Ley N.° 29849. Esta modalidad de contratación entró en vigencia el día 29 de Junio de 2008.
¿QUE ES LA LEY 728 Y LA DIFERENCIA CON LA LEY 276?
El objeto de la presente Ley es la incorporación al Seguro Social de Salud (ESSALUD) del personal profesional, no profesional, asistencial y administrativo que se encuentra bajo el Régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo 728.
DECRETO LEGISLATIVO N° 276. CONCEPTO : Artículo 1°.- Carrera administrativa es el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos que con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública.
Comentarios
Publicar un comentario